‘Ley Rider’ y control horario, así se gestionará la jornada laboral de los empleados sin oficina

El próximo 12 de agosto entrará en vigor la llamada ‘Ley Rider’, aprobada en mayo en el Consejo de Ministros, lo que va a suponer un antes y un después en la contratación de estos trabajadores. Esta nueva norma persigue acabar con la figura de los falsos autónomos, reconociendo a los repartidores de las plataformas digitales como asalariados, lo que los llevará a adoptar la obligación de registrar su jornada laboral como cualquier otro empleado. En este nuevo contexto, surge una importante pregunta: ¿cómo puede fichar un rider o cualquier autónomo similar cuando su trabajo se desarrolla a lomos de una bicicleta o sin pisar la oficina?

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